Constitución

I.- CONSTITUCIÓN y FINES.

 

La Fundación Vicente Rodríguez Fabrés es una institución benéfica sin ánimo de lucro constituida en 1914 por voluntad de Don Vicente Rodríguez Fabrés.

El domicilio social está en Salamanca, Paseo del Tormes, núm. 31-77. Se halla inscrita en el Registro de Fundaciones de Castilla y León con el núm. 37/0022 y es titular del C.I.F. G-37014925. 

Fines de la Fundación: 

1º.- La educación de jóvenes pertenecientes a familias necesitadas mediante la concesión de becas de residencia en régimen de alojamiento completo y gratuito para cursar Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato, con la posibilidad de renovar la beca para cursar Estudios Universitarios, incluido el Doctorado.

2º.- Atención y cuidado de personas mayores ancianas necesitadas.

3º.- Procurar la enseñanza teórico-práctica de la agricultura y verificación de ensayos de nuevos cultivos o la mejora de los usados en la provincia de Salamanca.

4º.- Habilitación y ornamentación de la Iglesia de Santa María de la Vega.

 

II.- PATRONATO.

 

La Fundación está dirigida por un Patronato compuesto por ocho miembros:

Presidente: el Obispo de la Diócesis de Salamanca.

Vicepresidente: el Deán de la Catedral de Salamanca.

Vocales: el Alcalde del Ayuntamiento de Salamanca.

El Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca.

El Rector de la Universidad de Salamanca.

Un agricultor de la provincia de Salamanca

Un representante de los Antiguos alumnos de la Fundación

Un Jurista de reconocido prestigio.

 

III.- ESTATUTOS.

 

Los Estatutos vigentes de la Fundación fueron aprobados por el Patronato en junta celebrada el 9 de abril de 2001 bajo la supervisión del Servicio de Fundaciones de Castilla y León, siendo posteriormente elevados a escritura pública.

 

IV.- MEMORIA DE ACTIVIDADES.

 

1º.- Educación, formación y becas de residencia.

A) La Fundación ofrece anualmente 100 becas de alojamiento completo y gratuito en la Residencia mixta adscrita al Instituto Rodríguez Fabrés para alumnos que cursen Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato.  

En virtud del Convenio de Colaboración suscrito por la Fundación y la Consejería de Educación de la Junta de Castilla-León, aquélla cede gratuitamente a ésta las edificaciones y terrenos que ocupa el Instituto Rodríguez Fabrés y la Residencia adscrita.

La Consejería de Educación imparte enseñanzas regladas de educación no universitaria, asume el gasto de funcionamiento del Instituto y la Residencia, y contrae la obligación de mantener en buen estado de conservación las edificaciones y terrenos cedidos.

En contrapartida la Residencia acogerá a lo largo del curso escolar en régimen de internado y con carácter gratuito a un máximo de 100 becarios seleccionados por la Fundación.

B) Además, la Fundación ofrece anualmente 22 plazas de alojamiento en su propia Residencia masculina para alumnos que habiendo superado la Educación Secundaria Obligatoria deciden continuar sus estudios cursando Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato, teniendo la posibilidad de renovar la beca para continuar Estudios Universitarios, incluido el Doctorado. 

A tenor de lo dispuesto en el artículo 41 de los Estatutos de la Fundación cuando no se cubre la totalidad de plazas por alumnos procedentes de Educación Secundaria Obligatoria, con carácter excepcional y de forma temporal durante el curso escolar, se pueden admitir en la Residencia como becarios parciales a alumnos que contribuyen con una cantidad inferior al 50% del coste real del alojamiento.

La condición de becario parcial se pierde cuando la plaza se cubre por un alumno que habiendo finalizado la Educación Secundaria Obligatoria obtiene beca de alojamiento en la Residencia para continuar sus estudios.

 

2º.- Atención a ancianos.

El Patronato anualmente suscribe convenios de colaboración con Instituciones dedicadas al cuidado y atención de personas mayores aportando cuantiosas ayudas económicas para cubrir las necesidades básicas de las personas mas desvalidas de la sociedad.

 

3º.- Agricultura.

Durante los cursos académicos 2004 a 2006 la Fundación Rodríguez Fabrés, en colaboración con la Facultad de Ciencias Agrarias y Ambientales de la Universidad de Salamanca, dotó una beca al proyecto de fin de carrera en la especialidad de Explotaciones Agrarias denominado “Mejora de las fincas Tres Cuartos y El Conejal”, sitas en El Cubo de Don Sancho.

 

4º.- Iglesia de Santa María de la Vega.

La Iglesia de Santa María de la Vega (siglo XVI) y la Capilla de los Arcos Románicos (siglo XII) están declarados Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

Con motivo de las actividades programadas para la celebración del XX Aniversario de la designación de Salamanca “Ciudad Patrimonio de la Humanidad”, la Iglesia de Santa María de la Vega y la Capilla de los Arcos Románicos fueron incluidas en el Programa “Las Llaves de la Ciudad, 2008” que ofrecía a los ciudadanos la oportunidad de realizar una visita teatralizada.

El Monumento se abre al público los cuatro primeros miércoles de cada mes de 18 a 19 horas.

 

V.- RECURSOS ECONOMICOS.

 

La Fundación es titular de un patrimonio formado por bienes inmuebles rústicos y urbanos, cuyos rendimientos se destinan a cumplir los fines sociales.

Se trata de una institución privada que se autofinancia con sus propios medios y no recibe ningún tipo de ayuda o subvención pública.

En consecuencia, el Patronato para poder cumplir con eficacia los fines sociales tiene que obtener del patrimonio la mayor rentabilidad posible.

 

VI.- REGIMEN JURÍDICO.

 

La legislación autonómica, Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León (BOCYL 19-7-2002), en su artículo 21 establece como principio básico de las Fundaciones dar información suficiente de los fines y actividades para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados. El mismo precepto señala que todas las actuaciones de la Fundación deben estar dirigidas al cumplimiento de sus fines y al que deberán destinarse efectivamente las rentas y recursos obtenidos. 

El artículo 23 dice que el desarrollo de las actividades de la Fundación se finan-ciará con los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio.

Respecto al gobierno de la Fundación, los artículos 13 y 16 advierten que los Patronos no podrán recibir retribución alguna por el ejercicio de sus funciones en el Patronato, deben desempeñar el cargo con diligencia y responderán de su gestión.

La legislación estatal, Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE 27-12-2002), en su artículo 14 señala que corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patri-monio de la fundación, manteniendo el rendimiento y utilidad de los mismos.

El artículo 17 previene que los Patronos deberán desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal y responderán  frente a la Fundación de los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley o a los Estatutos o por los realiza-dos sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo.

El artículo 24 de la norma autonómica impone al Patronato de la Fundación la obligación de rendir cuentas, todos los años al Protectorado de Fundaciones de la Jun-ta de Castilla y León.

Y el artículo 33 faculta al Protectorado de Fundaciones para comprobar la aplicación de los recursos de la Fundación al cumplimiento de los fines fundacionales.

 

VII.- CONCLUSIONES.

 

Desde el año 1914 la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés viene desarrollando una gran labor social con las personas mas desfavorecidas de la sociedad.

Atiende a la formación, alojamiento y manutención de jóvenes estudiantes pertenecientes a familias necesitadas.

También cubre las necesidades básicas de personas mayores ancianas mediante la concesión de ayudas económicas a Instituciones dedicadas a su cuidado.

A lo largo de casi un siglo han sido miles los niños, jóvenes y ancianos que han pasado por las instalaciones de la Fundación recibiendo educación, alojamiento y asistencia o han sido beneficiarios de sus ayudas.

El Patronato está firmemente comprometido con esta gran labor social dando así fiel cumplimiento a la voluntad de Don Vicente Rodríguez Fabrés.

 

NOS PUEDES ENCONTRAR EN:

Paseo del Tormes (junto a Puente Príncipe de Asturias)


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