Constitución

I.- CONSTITUCIÓN y FINES.

 

La Fundación Vicente Rodríguez Fabrés es una institución benéfica sin ánimo de lucro constituida en 1914 por voluntad de Don Vicente Rodríguez Fabrés.

El domicilio social está en Salamanca, Paseo del Tormes, núm. 31-77. Se halla inscrita en el Registro de Fundaciones de Castilla y León con el núm. 37/0022 y es titular del C.I.F. G-37014925. 

Fines de la Fundación: 

1º.- La educación de jóvenes pertenecientes a familias necesitadas mediante la concesión de becas de residencia en régimen de alojamiento completo y gratuito para cursar Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato, con la posibilidad de renovar la beca para cursar Estudios Universitarios, incluido el Doctorado.

2º.- Atención y cuidado de personas mayores ancianas necesitadas.

3º.- Procurar la enseñanza teórico-práctica de la agricultura y verificación de ensayos de nuevos cultivos o la mejora de los usados en la provincia de Salamanca.

4º.- Habilitación y ornamentación de la Iglesia de Santa María de la Vega.

 

II.- PATRONATO.

 

La Fundación está dirigida por un Patronato compuesto por ocho miembros:

Presidente: el Obispo de la Diócesis de Salamanca.

Vicepresidente: el Deán de la Catedral de Salamanca.

Vocales: el Alcalde del Ayuntamiento de Salamanca.

El Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca.

El Rector de la Universidad de Salamanca.

Un agricultor de la provincia de Salamanca

Un representante de los Antiguos alumnos de la Fundación

Un Jurista de reconocido prestigio.

 

III.- ESTATUTOS.

 

Los Estatutos vigentes de la Fundación fueron aprobados por el Patronato en junta celebrada el 9 de abril de 2001 bajo la supervisión del Servicio de Fundaciones de Castilla y León, siendo posteriormente elevados a escritura pública.

 

IV.- MEMORIA DE ACTIVIDADES.

 

1º.- Educación, formación y becas de residencia.

A) La Fundación ofrece anualmente 100 becas de alojamiento completo y gratuito en la Residencia mixta adscrita al Instituto Rodríguez Fabrés para alumnos que cursen Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato.  

En virtud del Convenio de Colaboración suscrito por la Fundación y la Consejería de Educación de la Junta de Castilla-León, aquélla cede gratuitamente a ésta las edificaciones y terrenos que ocupa el Instituto Rodríguez Fabrés y la Residencia adscrita.

La Consejería de Educación imparte enseñanzas regladas de educación no universitaria, asume el gasto de funcionamiento del Instituto y la Residencia, y contrae la obligación de mantener en buen estado de conservación las edificaciones y terrenos cedidos.

En contrapartida la Residencia acogerá a lo largo del curso escolar en régimen de internado y con carácter gratuito a un máximo de 100 becarios seleccionados por la Fundación.

B) Además, la Fundación ofrece anualmente 22 plazas de alojamiento en su propia Residencia masculina para alumnos que habiendo superado la Educación Secundaria Obligatoria deciden continuar sus estudios cursando Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior y Bachillerato, teniendo la posibilidad de renovar la beca para continuar Estudios Universitarios, incluido el Doctorado. 

A tenor de lo dispuesto en el artículo 41 de los Estatutos de la Fundación cuando no se cubre la totalidad de plazas por alumnos procedentes de Educación Secundaria Obligatoria, con carácter excepcional y de forma temporal durante el curso escolar, se pueden admitir en la Residencia como becarios parciales a alumnos que contribuyen con una cantidad inferior al 50% del coste real del alojamiento.

La condición de becario parcial se pierde cuando la plaza se cubre por un alumno que habiendo finalizado la Educación Secundaria Obligatoria obtiene beca de alojamiento en la Residencia para continuar sus estudios.

 

2º.- Atención a ancianos.

El Patronato anualmente suscribe convenios de colaboración con Instituciones dedicadas al cuidado y atención de personas mayores aportando cuantiosas ayudas económicas para cubrir las necesidades básicas de las personas mas desvalidas de la sociedad.

 

3º.- Agricultura.

Durante los cursos académicos 2004 a 2006 la Fundación Rodríguez Fabrés, en colaboración con la Facultad de Ciencias Agrarias y Ambientales de la Universidad de Salamanca, dotó una beca al proyecto de fin de carrera en la especialidad de Explotaciones Agrarias denominado “Mejora de las fincas Tres Cuartos y El Conejal”, sitas en El Cubo de Don Sancho.

 

4º.- Iglesia de Santa María de la Vega.

La Iglesia de Santa María de la Vega (siglo XVI) y la Capilla de los Arcos Románicos (siglo XII) están declarados Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

Con motivo de las actividades programadas para la celebración del XX Aniversario de la designación de Salamanca “Ciudad Patrimonio de la Humanidad”, la Iglesia de Santa María de la Vega y la Capilla de los Arcos Románicos fueron incluidas en el Programa “Las Llaves de la Ciudad, 2008” que ofrecía a los ciudadanos la oportunidad de realizar una visita teatralizada.

El Monumento se abre al público los cuatro primeros miércoles de cada mes de 18 a 19 horas.

 

V.- RECURSOS ECONOMICOS.

 

La Fundación es titular de un patrimonio formado por bienes inmuebles rústicos y urbanos, cuyos rendimientos se destinan a cumplir los fines sociales.

Se trata de una institución privada que se autofinancia con sus propios medios y no recibe ningún tipo de ayuda o subvención pública.

En consecuencia, el Patronato para poder cumplir con eficacia los fines sociales tiene que obtener del patrimonio la mayor rentabilidad posible.

 

VI.- REGIMEN JURÍDICO.

 

La legislación autonómica, Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León (BOCYL 19-7-2002), en su artículo 21 establece como principio básico de las Fundaciones dar información suficiente de los fines y actividades para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados. El mismo precepto señala que todas las actuaciones de la Fundación deben estar dirigidas al cumplimiento de sus fines y al que deberán destinarse efectivamente las rentas y recursos obtenidos. 

El artículo 23 dice que el desarrollo de las actividades de la Fundación se finan-ciará con los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio.

Respecto al gobierno de la Fundación, los artículos 13 y 16 advierten que los Patronos no podrán recibir retribución alguna por el ejercicio de sus funciones en el Patronato, deben desempeñar el cargo con diligencia y responderán de su gestión.

La legislación estatal, Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE 27-12-2002), en su artículo 14 señala que corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patri-monio de la fundación, manteniendo el rendimiento y utilidad de los mismos.

El artículo 17 previene que los Patronos deberán desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal y responderán  frente a la Fundación de los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley o a los Estatutos o por los realiza-dos sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo.

El artículo 24 de la norma autonómica impone al Patronato de la Fundación la obligación de rendir cuentas, todos los años al Protectorado de Fundaciones de la Jun-ta de Castilla y León.

Y el artículo 33 faculta al Protectorado de Fundaciones para comprobar la aplicación de los recursos de la Fundación al cumplimiento de los fines fundacionales.

 

VII.- CONCLUSIONES.

 

Desde el año 1914 la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés viene desarrollando una gran labor social con las personas mas desfavorecidas de la sociedad.

Atiende a la formación, alojamiento y manutención de jóvenes estudiantes pertenecientes a familias necesitadas.

También cubre las necesidades básicas de personas mayores ancianas mediante la concesión de ayudas económicas a Instituciones dedicadas a su cuidado.

A lo largo de casi un siglo han sido miles los niños, jóvenes y ancianos que han pasado por las instalaciones de la Fundación recibiendo educación, alojamiento y asistencia o han sido beneficiarios de sus ayudas.

El Patronato está firmemente comprometido con esta gran labor social dando así fiel cumplimiento a la voluntad de Don Vicente Rodríguez Fabrés.

 

NOS PUEDES ENCONTRAR EN:

Paseo del Tormes (junto a Puente Príncipe de Asturias)


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¿Quienes Somos?

La Fundación Vicente Rodríguez Fabrés es una institución benéfica sin ánimo de lucro constituida en 1914 que tiene entre sus fines la concesión de becas de residencia para cursar Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos formativos de Grado Medio y Superior, Bachillerato y Estudios Universitarios.

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Lema

Historia

ARTÍCULO DE OPINIÓN

La fachada de la sala capitular de Santa María de la Vega (Salamanca). Valorización y difusión mediante una propuesta en 3D.

Por Antonio Ledesma González, Doctor en Historia del Arte por la Universidad de Salamanca

Para ver el artículo al que hace referencia, pulse AQUÍ

 

UNA CIUDAD DENTRO DE LA CIUDAD DE SALAMANCA. Los orígenes de la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés

Prólogo del libro. Por Juan José de la Fuente Ruiz , Doctor en Historia Contemporánea por la Universidad de Salamanca 

Como la de todas las instituciones que tienden a perdurar en el tiempo, la historia de la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés es una historia de lucha y adaptación. Lucha por la supervivencia, pero también –y sobre todo– por conservar intacto el espíritu originario inspirado por el fundador. Adaptación, igualmente, para sobrevivir, pero al mismo tiempo para perfeccionar –en un movimiento casi imperceptible, aunque incesante, rotundo– el germen primigenio que le dio aliento (vida). Esta ha sido en resumen la historia de la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés: una constante pugna entre el pasado del que surgió y los diferentes presentes –circunstanciales– por los que ha transcurrido su devenir histórico; un diálogo permanente entre el proyecto imaginado
por el fundador y la realidad concreta a la que este pensamiento ideal ha tenido que enfrentarse en cada momento de su existencia.

Y este diálogo permanente entre lo imaginado y lo posible, entre idea y realidad, apareció en la historia de la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés desde sus mismos
comienzos en la primavera de 1914. Es de lo que tratará el libro que tienen en sus manos, el primero de una serie de textos dedicados a relatar (explicar) la trayectoria vital de una institución benéfica a la que hasta ahora –momento en el que se cumplen los cien años de su nacimiento– no se había prestado atención alguna desde la historiografía, a pesar de la relevancia (en el campo asistencial, educativo y de la investigación agraria) que la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés ha tenido en la sociedad de la Salamanca del siglo XX.

Imagen de la portada del libro
Imagen de la portada del libro

Este primer volumen –sobre los orígenes de la Fundación– comienza no con el nacimiento de la institución benéfica salmantina en mayo de 1914, sino con el
fallecimiento de su fundador, a principios de septiembre de 1904, y con el impacto que su testamento ocasionó en la capital charra cuando fue conocido por la opinión pública. Después, y tras esbozar las líneas fundamentales del testamento de Vicente Rodríguez Fabrés, se hace un breve repaso de su biografía (capítulo 2.º), con el fin de intentar dilucidar cuáles fueron los motivos (o las personas, si las hubo) que le impulsaron a dejar como sus únicos herederos «a los pobres de Salamanca». A continuación, en los capítulos 3.º y 4.º se describe la labor llevada a cabo por los albaceas testamentarios de Vicente Rodríguez Fabrés durante casi diez años (de septiembre de 1904 a mayo de 1914) para lograr hacer realidad la voluntad expresada por este en su testamento. En los siguientes capítulos (del 5 al 7) se relatan los primeros pasos dados por el patronato de la Fundación Vicente Rodríguez Fabrés para poner en marcha la institución benéfica. Y, por fin, la primera parte de este libro se cierra con la inauguración del Asilo de la Vega a principios de noviembre de 1914 (capítulo 8.º).

La segunda parte de la obra está dedicada al primer año de vida de la Fundación (capítulos 9 a 24): la puesta en marcha de las escuelas del asilo y de la granja modelo, la gestión de los bienes de la institución benéfica por parte del Patronato (con especial mención a los contratos de arrendamiento del café Novelty y de la dehesa de los Tres Cuartos de El Cubo de Don Sancho), la visita del ministro de Fomento al Asilo de la Vega… La tercera parte trata de la consolidación de la obra benéfica ideada por Vicente Rodríguez Fabrés durante los duros años de la Primera Guerra Mundial (capítulos 25 a 40): escasez de productos en el mercado por efecto de la contienda europea, alza del precio de las subsistencias, consecuencias en la población salmantina de la pandemia de
gripe española de 1918, etcétera. Tras las conclusiones (capítulo 41), se añaden varios anexos que pueden ser muy útiles al lector: una cronología, el testamento de Vicente Rodríguez Fabrés (de 1896), los reglamentos del Asilo y de la Granja de la Vega (de 1914 y 1915, respectivamente), el catálogo de libros de la llamada biblioteca «circulante» de la granja escuela de la Fundación y, por último, una bibliografía general.

 

TESIS REALIZADA TENIENDO COMO EJE CENTRAL D. VICENTE RODRÍGUEZ FABRÉS Y SU OBRA

Por Víctor M. González Sánchez

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Portada del libro

 

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